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Colpensiones indicó cuánto dinero pueden recibir las personas que hereden una pensión: esto corresponde a la pareja o hijos.

  • Foto del escritor: en97 lactam
    en97 lactam
  • 11 sept
  • 3 Min. de lectura

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Colpensiones, la entidad pública responsable de administrar las pensiones en Colombia, estableció criterios claros sobre quiénes pueden heredar una pensión y cómo se determina el monto correspondiente. Además, la institución informó que implementó herramientas digitales que permiten a los afiliados consultar el estado de sus pagos y trámites de manera ágil y segura.


El derecho a la pensión de sobrevivencia en Colpensiones no se extiende a cualquier persona. De acuerdo con la normativa vigente, solo ciertos familiares pueden acceder a este beneficio tras el fallecimiento del titular. Colpensiones especifica que los beneficiarios principales son el cónyuge o compañero permanente y los hijos, que deben cumplir con los requisitos legales para recibir la pensión.


El cálculo del monto de la pensión de sobrevivencia depende de la situación del afiliado al momento de su fallecimiento. Si la persona ya recibía una pensión, el beneficiario obtiene el 100% de la mesada que percibía el titular. Por ejemplo, si el monto mensual era de $2.000.000 o $4.000.000, esa suma se transfiere de manera íntegra al beneficiario.


Por su parte, en los casos en que el afiliado aún no se había jubilado, el monto se determina a partir del ingreso base de liquidación (IBL), que corresponde al promedio de los salarios sobre los que cotizó durante los últimos diez años de vida. Sobre este ingreso, se aplica una tasa de reemplazo que inicia en el 45% y aumenta en un 2% por cada 50 semanas adicionales cotizadas después de las primeras 500. La normativa establece que la pensión de sobrevivencia no puede ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente ni superar el 75% del IBL, límites que garantizan un piso y un techo para el beneficio.


Cuando existen varios beneficiarios, la distribución de la pensión sigue reglas precisas. El 50% del monto corresponde al cónyuge o compañero permanente, mientras que el otro 50% se reparte en partes iguales entre los hijos, conforme a la información proporcionada por Colpensiones.

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Consulta de pagos y trámites en la plataforma digital de Colpensiones


Para quienes desean verificar el estado de sus pagos o trámites, Colpensiones desarrolló una plataforma digital que facilita este proceso.


El paso a paso es el siguiente:


  • Ingresar al sitio web oficial de Colpensiones (www.colpensiones.gov.co).

  • Seleccionar la pestaña “Trámites en línea”

  • Acceder a la “Sede Electrónica”.

  • Allí, la opción “Otras consultas y certificados públicos” permite avanzar hasta “Consultas”

  • Luego, “Estado de tu solicitud”.


El sistema solicita:


  • Tipo y número de cédula.

  • Número de radicado, y muestra el estado actualizado de la solicitud.


Además de la consulta en línea, Colpensiones ofrece alternativas para quienes prefieren otros canales. Los afiliados pueden comunicarse a llamar al 018000410909 o acudir a un punto de atención presencial, lo que garantiza que todos los ciudadanos tengan acceso a la información sobre su situación pensional.


Digitalización de los servicios


La digitalización de los servicios del fondo público representa un avance importante en la gestión de trámites y el acceso a la información. La incorporación de tecnología moderna permitió a los afiliados consultar su situación de manera rápida, segura y gratuita, sin necesidad de desplazarse a una oficina física. Dicha transformación digital agiliza la verificación de consignaciones y también facilita la obtención de certificados, la actualización de datos y el acceso a información relevante sobre derechos y patrimonio pensional.


El entorno virtual que ofrece Colpensiones fortalece la transparencia y otorga a cada ciudadano mayor control sobre su situación pensional, al poner a su alcance herramientas que simplifican la gestión y el seguimiento de sus derechos.

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